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    Tema 8: ACTIVIDADES DE MECANIZACIÓN Y RIEGO (preguntas 050, 051, 052, 053, 054 y 055)

    ACTIVIDADES DE MECANIZACIÓN

    1. ¿Quiénes están autorizados a comprar tractores y maquinarias agrícolas en Cuba?

    Los propietarios y usufructuarios de tierra y otros productores agropecuarios acreditando esta condición pueden comprar tractores y otras maquinarias agrícolas en los centros comerciales del Grupo Empresarial de Logística del Ministerio de la Agricultura, por las empresas comercializadoras del Grupo Azucarero, AZCUBA, y por otras empresas estatales y entidades importadoras autorizadas, previo cumplimiento de lo establecido en la legislación vigente.

    1. ¿Cuáles son las obligaciones de los propietarios de tractores y otras maquinarias agrícolas?
    • Inscribirlos en el Registro de Tractores y Cosechadoras autopropulsadas de la Oficina Registral Municipal en que se encuentra operando el equipo, por sus propietarios o poseedores legales, previa aprobación del acto que se pretende inscribir por las autoridades competentes del Ministerio de la Agricultura.
    • mostrar a las autoridades competentes la licencia de operación con el objeto de verificar las actividades que realizan y la documentación legal del equipo, así como a instalar en cada equipo la chapa de identificación.
    • Realizar la inspección técnica y física del equipo cuando corresponda.

    1. ¿Cuándo acudir al Registro de Tractores y Cosechadoras autopropulsadas? En el Registro de Tractores y Cosechadoras Autopropulsadas, se inscriben los tractores autopropulsados sobre ruedas o esteras y las cosechadoras autopropulsadas que se emplean en las actividades agropecuarias, específicamente los hechos y actos siguientes:
    2. a) La inscripción inicial, entendiéndose como tal la primera vez que el poseedor legal concurre al Registro para inscribir el tractor o tractores a su cargo; b) el traspaso de tractores entre personas naturales y entre personas jurídicas; c) el cambio de domicilio; d) las modificaciones del tractor referidas a cambio de color, de motor o de chasis; e) las bajas; f) las altas; y g) la venta.

    ACTIVIDADES DE AGUA Y RIEGO

    1. ¿Con quién se realiza la contratación del agua?

    La contratación del agua se realiza directo con el productor agropecuario siempre y cuando este particularmente identificada la fuente de extracción de agua, tales como pozos, presas, micro presas y otras fuentes de abasto. En estos casos las Empresas de Aprovechamiento Hidráulico (EAH) asumen las perdidas hasta el punto de entrega o de captación de los usuarios.

    En los casos de que la Empresa Agropecuaria u otra forma productiva con su Infraestructura le preste el servicio de provisión de agua a los productores, las Empresas de Aprovechamiento Hidráulico (EAH) contratan y facturan el servicio con estas, ya sea forma productiva estatal o cooperativa las cuales asumen las perdidas en conducción a partir del punto de entrega primario y no aplican recargo a los productores, además garantizan la gestión del flujo de informaciones que se generan en el proceso, la Empresa de Aprovechamiento Hidráulico (EAH) y la forma productiva o entidad estatal acordaran los efectos de cobro por la gestión que realiza la forma productiva.

    Cuando la Entidad Estatal o forma productiva que administra la Infraestructura Hidráulica mediante la cual realiza el servicio de provisión de agua a los productores ejecuta acciones de mantenimiento para mejorar los niveles de eficiencia de la misma, los productores que son beneficiados por el servicio pagan a esta los gastos incurridos en ese nivel de actividad lo cual quedara refrendado en el contrato.

    054 ¿Cuál es el agua que realmente tiene que pagar un productor?

    Se elimina el cobro del servicio de agua sin aceptación al productor, el cual pagará solamente el agua consumida y no la planificada, no obstante, en el contrato entre la entidad prestadora del servicio de agua y el usuario se especificará la obligatoriedad del mismo, de hacer dejación en el plazo previstos del agua planificada en el balance que no se va a consumir y las causas que lo originaron, quedando disponible este volumen de agua para ser ofertado a otros usuarios.

    055 ¿Cuándo y cómo se realiza la presentación del balance de agua?

    En el mes de marzo inicia el proceso de presentación de la demanda de agua para el año siguiente que concluye el 31 de mayo, donde el productor o forma productiva presenta su solicitud agua a las UEB de Aprovechamiento Hidráulico municipales o territoriales a partir de los niveles de actividad a realizar cumpliendo con la metodología establecida para ello, que incluye entre otras, técnicas de riego o de abasto de agua a emplear y niveles de eficiencia, etc.

     Tomado de https://www.minag.gob.cu

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    Tema 7: CONSERVACIÓN, MEJORAMIENTO Y MANEJO SOSTENIBLE DE LOS SUELOS (preguntas 047, 048 y 049)

    1. ¿Cuáles son las principales obligaciones de las personas naturales y jurídicas que usan los suelos para las producciones agropecuarias, cañeras, forestales y de frutales?

    Las principales obligaciones de estas personas son:

    • Aplicar los planes de conservación, mejoramiento, manejo sostenible y rehabilitación de los suelos
    • Establecer los sistemas de rotación de cultivos técnicamente fundamentados y llevar los historiales de campo que correspondan.
    • Elaborar el plan de siembra de acuerdo con la agroproductividad de los suelos.
    • Garantizar su manejo sostenible, dando prioridad al uso de tecnologías para su preparación, la siembra y actividades culturales de los cultivos que contribuyan a preservar la agroproductividad de los suelos
    • Garantizar el balance adecuado de los nutrientes en los suelos, integrando el uso de la fertilización química (mineral), la orgánica y la biológica (biofertilizantes), y de prácticas como el empleo de los abonos verdes y el reciclaje de los residuos agrícolas, de tal forma que se mejore o al menos preserve, su fertilidad y capacidad productiva y de regulación de plagas y enfermedades.
    • Producción y uso de abonos orgánicos, enmendantes, abonos verdes y biofertilizantes como alternativas nacionales que permitan enfrentar el déficit de los fertilizantes químicos.
    • Utilizar buenas prácticas de manejo en la generación, almacenamiento, transporte, tratamiento y depósito de desechos domésticos, mineros, residuos industriales y agrícolas; así como en el uso de sustancias que contaminen los suelos, con una correcta aplicación y destino final;
    • Aplicar las medidas de rehabilitación que correspondan cuando ocurra contaminación de naturaleza orgánica e inorgánica, originadas por compuestos orgánicos tóxicos e hidrocarburos y por metales pesados, autorizadas por los departamentos provinciales de Suelos y Fertilizantes
    • Solicitar y facilitar el monitoreo y el control de la calidad del agua para el riego de los cultivos, a los efectos de evitar la contaminación.
    • Solicitar el cambio de uso de los suelos a los delegados provinciales de la Agricultura y del municipio especial Isla de la Juventud, en aquellos casos en que se confirme que el régimen de explotación origina la pérdida de su productividad e imposibilita su uso en actividades agropecuarias, cañeras, forestales y de frutales.
    1. ¿Cómo pueden lograr estas personas el cumplimiento de todas estas obligaciones?

    Todas estas obligaciones pueden y son necesarias que se cumplan, siempre que exista el asesoramiento, control y participación de las delegaciones provinciales y municipales de la agricultura, las empresas y bases productivas apropecuarias a través de especialistas con formación para atender las actividades de suelos y fertilizantes con el rigor técnico adecuado a los diferentes niveles.

     

    1. ¿Qué autorización requieren las personas naturales o jurídicas que pretendan verter y soterrar sustancias o productos que contaminen los suelos?

    Corresponde al Ministerio de la Agricultura, a través de sus delegaciones provinciales y municipales, con la participación del Instituto de Suelos, el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, el Estado Mayor Nacional de la Defensa Civil y demás órganos y organismos que procedan, autorizar las áreas para verter y soterrar sustancias o productos que contaminen los suelos, teniendo en cuenta su aptitud agroproductiva y otros componentes del ecosistema que pueden afectarse.  

    Tomado de https://www.minag.gob.cu

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    Tema 6: COLECTIVOS AGROPECUARIOS (preguntas 043, 044, 045 y 046)

    1. ¿Qué es un Colectivo Agropecuario?

    El Colectivo Agropecuario, es la agrupación de trabajadores organizados en un centro de costo de una entidad estatal, empresa o Unidad Empresarial de Base para realizar una producción agropecuaria, con responsabilidad en el uso eficiente de las materias primas, el aprovechamiento de la maquinaria y la infraestructura, y no constituye una entidad económica independiente.

    1. ¿Quién dirige al Colectivo Agropecuario?

    El Jefe de Colectivo, que es la persona natural designada por el Director de la entidad estatal, empresa o Unidad Empresarial de Base, para organizar la producción agropecuaria del Colectivo que dirige.

    1. ¿Cómo se define el salario que le corresponde a los miembros del Colectivo Agropecuario?

    El jefe de Colectivo acuerda con el colectivo de trabajadores permanentes los ingresos a pagar a cada uno de ellos como salario, en correspondencia con la situación productiva, económica y financiera de su área.

    1. ¿Qué obligación tiene la entidad estatal, empresa o Unidad Empresarial de Base, con respecto al colectivo?
    • Seleccionar las áreas e instalaciones de interés y que reúnan las condiciones para implementar el modelo de gestión de forma gradual;
    • seleccionar, habilitar y capacitar al jefe de Colectivo para su ejercicio;
    • designar al jefe de Colectivo para su ejercicio una vez culminado el proceso de selección y capacitación;
    • establecer mediante convenio la estrategia productiva, línea principal de producción o servicios, planificación de la estructura de siembra y producción, rendimientos esperados, entre otras condiciones que se requieran, como parte del plan de la economía del centro de costo;
    • conservar las áreas, infraestructura, medios y equipamiento bajo su patrimonio;
    • establecer los requisitos para el cumplimiento del flujo tecnológico y las buenas prácticas en los procesos que corresponda;
    • garantizar, en el marco del plan económico, el financiamiento de las inversiones que se requieran;
    • definir la parte de los ingresos generados por el Colectivo para cubrir sus gastos, de conformidad con lo convenido previamente y según su presupuesto de gastos;
    • crear en la contabilidad de la entidad estatal, empresa y Unidad Empresarial de Base un centro de costo y una subcuenta de ingresos y gastos para cada Colectivo;
    • gestionar créditos bancarios que aseguren el financiamiento del Colectivo;
    • responsabilizarse con el control y seguimiento del uso de los financiamientos; y capacitar al Colectivo sobre de las normas de seguridad y salud en el trabajo, y el uso de los medios y equipos de protección personal, según corresponda.

    Tomado de https://www.minag.gob.cu

    Últimos comentarios publicados

    • 8 meses atrás
      Increíble! Un amigo mio me acaba de hablar de este sitio y me ha dejado perplejo pues no sabia de que ...

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    • 2 años atrás
      Gracias por el artículo. Hermosas frases para compartir con quienes amamos.

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    • 2 años atrás
      Exelente profesional y ser humano. Orgullo de los tuneros y de la familia. Ademas es una excelente ...

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